Primado e infalibilidad de Pedro

Publicado el 02/21/2017

Primado e infalibilidad de Pedro

La infalibilidad pontificia y el primado de jurisdicción del Pontífice, necesariamente unidos, deben ser para cualquier católico objeto de un amor preferencial. Pero, ¿cómo fundamentarlos en la Escritura, en la Tradición y en la Historia?

 


 

San Pedro

Y yo te digo: Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, y el poder del infierno no prevalecerá contra ella” (Mt 16, 18).

 

En los últimos cien años, pocos pasajes del Evangelio han sido motivo de discusiones tan vehementes y apasionadas, pues la formulación actual, según alegan algunos, no correspondería al original escrito por Mateo, sino que se trataría de un texto manipulado alrededor del año 130 con miras a justificar el primado de Pedro y sus sucesores sobre sus hermanos en el episcopado.

 

Sin embargo, durante siglos, nadie ha puesto en duda la autenticidad de ese pasaje. Ha sido necesario esperar la infiltración del racionalismo en la exégesis bíblica en el siglo XIX y el historicismo protestante del siglo XX para que empezaran las tentativas de descalificarlo.

 

Argumentos bíblicos a favor del primado de Pedro

 

Bajo el punto de vista documental, la tesis de la supuesta manipulación de ese versículo no es sustentable. Los textos más antiguos que reproducen el pasaje en cuestión no presentan ningún vestigio de adulteración: ni el Diatessaron (concordancia de los cuatro Evangelios) de Taciano, de mediados del segundo siglo, ni los escritos de los Padres de la Iglesia anteriores al siglo IV, ni tampoco los 4.000 códices de los ocho primeros siglos que hoy se conocen.

 

Al contrario, como se puede ver en el recuadro de la próxima página, más de 160 pasajes del Nuevo Testamento mencionan a Pedro ocupan do, en muchos de ellos, una posición de supremacía sobre los demás Apóstoles. Incluso San Juan, que le dedica menos atención al Príncipe de los Apóstoles en su Evangelio, debido a las circunstancias históricas en las que fue escrito —en plena polémica con los gnósticos—, trae dos importantes referencias a la entrega del primado petrino: “Entonces lo llevó a donde estaba Jesús. Jesús lo miró y le dijo: ‘Tú eres Simón, el hijo de Juán: tú te llamarás Cefas', que traducido significa Pedro” (Jn 1, 42); “Simón, hijo de Juan, ¿me amas más que estos? […] Apacienta mis ovejas” (Jn 21, 15-17).

 

Ahora bien, es en Mt 16, 18-19 donde se basa principalmente la doctrina sobre el Papado, realzándose normalmente en la interpretación de estos versículos la triple metáfora usada por el Señor: San Pedro es fundamento de la Iglesia, pues es comparado con los cimientos de una casa, los cuales dan cohesión y estabilidad a todo el edificio; la potestad de su jurisdicción figurada en la metáfora de las llaves, que en lenguaje bíblico y profano son el símbolo del dominio y, por último, aparece la imagen de atar y desatar que simboliza la capacidad de crear o abolir una ley que obliga en conciencia.

 

Considerada aisladamente, la interpretación anterior podría suscitar escepticismo; pero unida a otros pasajes del Nuevo Testamento, así como a los escritos de los Padres de la Iglesia y la praxis de los primeros siglos del cristianismo constituye un poderoso conjunto argumentativo. Todos estos indicios sumados convergen en afirmar el primado indiscutible de San Pedro, dado por Cristo y reconocido ininterrumpidamente a lo largo de la Historia de la Iglesia.

 

Testimonios que vienen de los tiempos apostólicos

 

La historia de los primeros siglos de la Iglesia es de especial importancia para el tema que nos ocupa, porque choca frontalmente con la gratuita suposición de que el primado de jurisdicción universal del Romano Pontífice fuera una invención posterior a los tiempos apostólicos.1

 

No obstante, en la carta que el Papa San Clemente envió a los fieles de Corinto, con motivo de la rebelión que ocurrió en esa comunidad en torno al año 96, queda patente el primado romano. En efecto, en ella el Pontífice no pide disculpas por inmiscuirse en los asuntos internos de otra Iglesia —como sería lo normal, si fuera un simple primus inter pares, jefe de otra Iglesia hermana—, sino se excusa por no haber tenido la oportunidad de intervenir en el asunto con más rapidez; advierte del peligro de cometer pecado grave quien no obedece a sus amonestaciones; y se muestra convencido de que su actitud ha sido inspirada por el Espíritu Santo.2 Por otra parte, la carta fue recibida en Corinto sin oponer resistencias y considerada como una gran honra, hasta el punto de ser leída en la Liturgia dominical aún en el año 170, según algunos testigos.3

 

Fundamento bíblico del primado petrino

 

San Pedro ocupa una posición preeminente en el Nuevo Testamento, donde es mencionado 114 veces en los Evangelios y 57 veces en los Hechos de los Apóstoles.

 

Habla en nombre de todos los Apóstoles (Lc 12, 41; Mt 19, 27; Mc 10, 28; Lc 18, 28), responde por ellos (Jn 6, 68; Mt 16, 16; Mc 8, 29) y actúa por todos (Mt 14, 28; Mc 8, 32, Mt 16, 22; Lc 22, 8; Jn 18, 10). Otras veces los evangelistas se refieren a los Apóstoles diciendo: “Pedro y los suyos” (Mc 1, 36; Lc 8, 45; 9, 32; Mc 16, 7; Hch 2, 14.37). Jesús le escoge después de hacer un gran milagro (Lc 5, 1-11); se sirve de su barca para predicar a la multitud (Lc 5, 3); se hospeda en su casa (Mc 1, 29); lo asocia en el pago del tributo (Mt 17, 23- 26); lo elige con Santiago y Juan para asistir a la resurrección de la hija de Jairo (Mc 5, 37), a la Transfiguración (Mc 9, 2) y a la Agonía en Getsemaní (Mc 14, 33); es el primero al que se le aparece resucitado (Lc 24, 34). Es el único de los Doce que el ángel nombra para que se le comunique el mensaje de la Pascua ( Mc 16,7). San Juan espera a San Pedro para que éste entre primero en el Sepulcro de Jesús (Jn 20, 2-8).

 

Después de la Ascensión y de Pentecostés, vemos a San Pedro ejercitando la autoridad máxima de la Iglesia. Completa el Colegio Apostólico con la elección de San Matías (Hch 1, 15ss); habla en nombre de los Apóstoles el día de Pentecostés (Hch 2, 14ss); defiende ante las autoridades judías el derecho de los Apóstoles a predicar la Fe en Cristo (Hch 4, 8-12); condena a Ananías y a Safira (Hch 5, 1-11); es inspirado a abrir las puertas de la Iglesia también a los paganos, con la conversión del centurión Cornelio (Hch 10, 47); preside el Concilio de Jerusalén (Hch 15, 6ss); toda la Iglesia oraba por su puesta en libertad, cuando fue encarcelado por orden de Herodes (Hch 12, 5).

 

Por otra parte, San Pablo señala de modo sublime la importancia de San Pedro como cabeza de la Iglesia. Después de su estancia en Arabia, se dirige a Jerusalén para verle (Ga 1, 18); reconoce en él una de las dos columnas de la Iglesia (Ga 2, 9); lo pone el primero entre los testigos de las apariciones de Cristo resucitado (1 Co 15, 5); e incluso cuando se “enfrenta” con él en Antioquía, actúa como el que reconoce su autoridad y, por tanto, confirma de alguna manera su primado (Ga 2, 11-14).

 

Imágenes: “La vocación de Pedro y Andrés”, por Duccio di Buoninsegna – National Gallery of Art, Washington DC. “Jesús entrega las llaves a San Pedro” – Basílica de Paray-le-Monial, Francia. “Predicación de San Pedro” – Catedral de Manresa, España.

Vocación de los Apóstoles Pedro y Andrés   Jesús entrega las llaves a San Pedro   Predicación de San Pedro

Estos hechos adquieren singular relieve al considerar que el Apóstol San Juan se encontraba en Éfeso, mucho más cerca de Corinto que de Roma.4 Y no consta que San Clemente, o los fieles de Corinto, ni San Juan mismo hubieran dudado de la autoridad del Sucesor de Pedro para dirimir la cuestión.

 

Otro importante testimonio de esa época a favor del primado del Sucesor de Pedro es la carta enviada por San Ignacio de Antioquía (†107) a la Iglesia de Roma. En ella se manifiesta también de modo evidente, y más explícito que en el caso anterior, el primado de la Sede Romana sobre las otras. De hecho, esta misiva es sustancialmente diferente de las enviadas por él en las mismas circunstancias (prisionero llevado de Siria a Roma, donde sería martirizado) a las otras Iglesias, como las de Éfeso, Magnesia, Tralia, Filadelfia y Esmirna. En la primera el santo obispo de Antioquía escribe en un tono sumiso; en las demás, en un tono autoritativo.

 

Por otra parte, San Ignacio reconoce en la Iglesia de Roma el poder de dirigir a las otras, instruyéndolas como a discípulos del Señor y encomienda su diócesis de Siria a la solicitud pastoral de la Sede Romana, y no a la de otra cualquiera, tal vez más cercana.5

 

Un tercer testimonio es el de San Ireneo de Lyon, Padre de la Iglesia. Nació entre los años 130 y 140, y falleció alrededor del 202. Fue discípulo de San Policarpo, quien, a su vez, había sido discípulo de San Juan. Por lo tanto, estuvo en contacto casi directo con la edad apostólica.

 

En su tratado Adversus haereses, habla clara y explícitamente del primado de la Iglesia Romana sobre todas las otras Iglesias y hace referencia a la mencionada carta de San Clemente Romano a los fieles de Corinto, que tenía entre otros objetivos el de “renovar su Fe” y “declarar la tradición que había recibido de los Apóstoles”.6

 

Elocuente es también la intervención del Papa Víctor I (189-199) a propósito de la fecha de la conmemoración de la Pascua, que resolvió unificar. En la Provincia de Asia se obedecía a otro calendario. Para solucionar la cuestión, el Papa convocó un sínodo de los obispos italianos en Roma, escribió a los obispos del mundo entero y, por último, emplazó a los obispos de Asia a que adoptaran la práctica de la Iglesia universal de celebrar la Pascua siempre en domingo. En el caso de que no lo observasen, los declararía excluidos de la comunión de la Iglesia.7 Varios prelados intentaron moderar la decisión papal sin resultado. El hecho es que poco a poco la costumbre romana se hizo práctica común en toda la Iglesia. Se trata de una muestra más del reconocimiento universal del primado del Papa.

 

Testimonio insospechado de un hereje

 

Pero los argumentos no sólo provienen del terreno católico. Alrededor del año 220, Tertuliano, que ya se había visto envuelto en la herejía montanista, escribió un libelo 8 atacando al Papa Calixto I, quien publicó un edicto para que fuera leído en todas las iglesias, suavizando la disciplina penitencial aplicada a los adúlteros y fornicadores.

 

Papa Benedicto XVI
Papa Benedicto XVI

El desafortunado escritor eclesiástico, al atribuir de una manera sarcástica al sucesor de Pedro la expresión “Pontífice Máximo, es decir, Obispo de los obispos” 9 —títulos usados entonces por el emperador romano— demostraba lo abarcador que era el poder espiritual del Papado. Además, termina su larga censura con una crítica a la reivindicación de Calixto I de que su autoridad de “atar y desatar” se fundaba en la de San Pedro, dando un preciso testimonio de lo antigua que era la conciencia del origen divino de esta autoridad.

 

Un detalle importante: al intentar refutar al Papa, Tertuliano —acérrimo adversario de la Iglesia a la que antes había amado— cita sin objeción alguna el pasaje del Evangelio de San Mateo contestado por los racionalistas dieciocho siglos más tarde: sí, el Señor le dijo a Pedro que él era la roca sobre la que se construiría la Iglesia; le dio las llaves así como el poder de atar y desatar, y le confió el cuidado de la Iglesia. Basta con leer las palabras de Tertuliano para constatar que se refería a un hecho pacíficamente aceptado por todos en su época, tan cercana a los tiempos apostólicos, sin permitirse sospecha alguna relacionada con la adulteración del texto bíblico.

 

Supremacía cimentada sobre una roca divina

 

San León Magno —cuyo pontificado, entre los años 440 y 461, constituyó un interesante punto de reflexión en la historia del primado petrino — se refería a la Iglesia de Roma como magistra (maestra) y no tenía ninguna duda a respecto de la autoridad del Papa sobre el concilio.

 

En nombre de esa autoridad confirmó la doctrina definida por el Concilio de Calcedonia (451), iniciando de esta forma una práctica que será mantenida por sus sucesores y considerada como necesaria para conferir validez a cualquier concilio ecuménico.10 Su conocida Epístola dogmática 11 fue aclamada con arrobamientos de entusiasmo por los Padres reunidos en Calcedonia, casi todos orientales, con la famosa sentencia: “¡Pedro dijo esto a través de León!”.12

 

San León Magno desarrolla el concepto de soberanía petrina basado justamente en el ya citado versículo de San Mateo: “Y yo te digo: Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, y el poder del infierno no prevalecerá contra ella” (Mt 16, 18). Pone de relieve que esa declaración del divino Maestro se aplica efectivamente a la Sede Romana y que el Papa, como Sucesor de Pedro, tiene la misión particularísima de guiar y gobernar a la Iglesia universal, así como el derecho de intervenir y tomar decisiones en las cuestiones eclesiásticas de las Iglesias locales.

 

Infelizmente, a partir del siglo VII acontecimientos históricos indican un latente rechazo al primado de jurisdicción universal del Obispo de Roma por parte de algunos líderes de la Iglesia de Oriente, sin por ello dejar de considerar en general la autoridad papal en materia doctrinal.13 La exaltación de los ánimos daría lugar al triste desenlace del cisma de 1054.

 

Jurisdicción plena y universal

 

Dos importantes prerrogativas dimanan del primado de Pedro: la jurisdicción universal y la infalibilidad pontificia.

 

La jurisdicción del Papa 14 se aplica plena y supremamente a la Iglesia universal, porque abarca toda la potestad otorgada por Jesucristo a la Iglesia. Esa jurisdicción también es monárquica, ya que Cristo se la concedió a San Pedro y no a los demás Apóstoles, e ilimitada, que significa que el Papa no rinde cuentas sino a Dios, porque en la Iglesia no existe ninguna instancia superior a él.15 Además, abarca los poderes legislativo, judicial y ejecutivo. También se dice que es una potestad ordinaria en el sentido de que está constituida por el propio ejercicio del ministerio petrino; inmediata porque se ejerce por derecho propio, sin necesidad de intermediarios; y episcopal, puesto que el objetivo de su ejercicio es eminentemente pastoral.16

 

Por consiguiente, el Papa, por una parte, es libre de entrar en contacto directo con sus Pastores y con los fieles, sin coerción procedente del poder civil; 17 y por otra, es el juez supremo de los fieles, al que todos tienen el derecho de recurrir y nadie puede impugnarlo, ni siquiera un concilio ecuménico.18

 

Magisterio ordinario y extraordinario

 

La infalibilidad pontificia, por su lado, es un carisma inherente al propio ministerio petrino que confiere una asistencia especial del Espíritu Santo al Papa cuando éste —hablando ex cathedra, es decir, como supremo Pastor de la Iglesia universal— define una doctrina de Fe y moral.19

San Clemente Romano   San Ignacio de Antioquia   San Ireneo de Lyon

Dos Padres Apostólicos y un Padre de la Iglesia dan un importante testimonio del reconocimiento universal del Primado del Obispo de Roma en los primeros siglos de la Iglesia

 

“San Clemente Romano” – Basílica de San Marcos, Venecia. “San Ignacio de Antioquía” – Iglesia del Gesù, Roma. “San Ireneo de Lyon” – Parroquia de San Ireneo, Centocelle, Italia

 

         Sobre ella se pronunció claramente el Concilio Vaticano II en los términos siguientes: “Por esto se afirma, con razón, que sus definiciones [las del Romano Pontífice] son irreformables por sí mismas y no por el consentimiento de la Iglesia, por haber sido proclamadas bajo la asistencia del Espíritu Santo, prometida a él en la persona de San Pedro, y no necesitar de ninguna aprobación de otros ni admitir tampoco apelación a otro tribunal. Porque en esos casos, el Romano Pontífice no da una sentencia como persona privada, sino que, en calidad de maestro supremo de la Iglesia universal, en quien singularmente reside el carisma de la infalibilidad de la Iglesia misma, expone o defiende la doctrina de la Fe católica”.20

 

Junto a esta forma de Magisterio extraordinario, el Papa ejerce igualmente el ordinario, por medio de orientaciones y enseñanzas a través de encíclicas, constituciones, exhortaciones apostólicas, discursos, etcétera.

 

Infalibilidad no significa impecabilidad

 

Conviene recordar, por último, que ni del ejercicio del ministerio petrino, ni del carisma de la infalibilidad le sobreviene al Romano Pontífice la impecabilidad o, con otras palabras, la confirmación en gracia.

 

Uno de los argumentos racionalistas contra el primado de Pedro es que el pescador de Galilea estaba sujeto a pecar, como cualquier hombre. Y, sin duda, lo estaba. Sin embargo, su primado no reposa sobre cualidades humanas, sino en la omnipotente fuerza del Fundador de la Iglesia.

San Pedro

La fiesta de la Cátedra de Pedro

La Iglesia celebra la fiesta de San Pedro en dos días diferentes:

el 29 de junio, junto con San Pablo, y el 22 de febrero, la Cátedra de Pedro. El antiquísimo origen de ésta última fiesta está documentada por su inclusión en un calendario del año 354 y en el Martyrologium Hieronymianum, el catálogo de mártires cristianos más antiguo de la Iglesia Latina, compuesto entre los años 431 y 450. También hay referencias a ella en dos homilías del siglo V.24

Esta larga existencia demuestra la relevancia del símbolo de la Cátedra para la vida de la Iglesia y refuerza con el testimonio de la Tradición la importancia que se le da al primado petrino, por lo menos a partir de mediados del siglo IV, pues según lo explica el Martyrologium Romanum la Sede de Pedro está “llamada a presidir la comunión universal de la caridad”. El Misal Romano acrecienta que la conmemoración de la Cátedra de San Pedro pone de relieve la misión de maestro y de pastor conferida por Cristo a San Pedro que, en su persona y en la de sus sucesores, es fundamento visible de la unidad de la Iglesia.

Cristo no llamó a San Pedro por causa de sus cualidades naturales; fue la gracia de Dios la que le convirtió en una roca firme y sólida. “Simón, Simón, mira que Satanás ha pedido poder para zarandearos como el trigo, pero yo he rogado por ti, para que no te falte la Fe” (Lc 22, 31-32).

 

Benedicto XVI en su reciente libro- entrevista recuerda que la misión ejercida por el Romano Pontífice no se la ha dado él a sí mismo.21 Al contrario, es el Espíritu Santo el que escoge al Papa usando criterios divinos: “No sois vosotros los que me habéis elegido a mí, sino Yo el que os he elegido a vosotros, y os destiné para que vayáis y deis fruto, y ese fruto sea duradero” (Jn 15, 16).

 

La santidad de un Papa, por tanto, no es inherente al ministerio petrino, sino que proviene del esfuerzo personal y, sobre todo, de la acción de la gracia. Las eventuales infidelidades en la vida de cualquier Pontífice Romano serán siempre gravísimas, pero no derogan su autoridad, ya que Dios se puede servir de instrumentos infieles, y el Espíritu Santo impedirá con su asistencia que los pecados personales pongan en riesgo la integridad de la Iglesia, garantizada por la promesa de Jesús, nuestro Señor: “Las puertas del infierno no prevalecerán contra ella” (Mt 16, 18).

 

Profesor Plinio Corrêa de Oliveira
El Profesor Plinio Corrêa de Oliveira,

en la década de 1980

La Segunda Persona de la Santísima Trinidad quiso, al fundar su Iglesia, establecer como jefe supremo a un hombre pecable, pero infalible en materia de Fe y moral. Esto que fue aceptado por el consensos fidelium sin restricciones, forma con la persona y el primado de Pedro una feliz unión fundada en la caridad y en la Fe.

 

El amor al eslabón más débil de una cadena mística que une la Tierra con el Cielo

 

El primado de Pedro y su infalibilidad son las garantías de la invencibilidad de la Iglesia, de modo que se puede ver en el Papa la expresión de la unidad y verdad eclesiales. Pero, ¿la sujeción a la autoridad suprema de un hombre no representaría una humillación para todos los fieles?

 

A esta pregunta le da una luminosa repuesta un líder católico de proyección internacional, quien tuvo dos de sus numerosos libros elogiados por la Santa Sede: el brasileño Plinio Corrêa de Oliveira (1908-1995).22 El amor por su condición de súbdito del Papa, como católico, era uno de los principales rasgos de su personalidad, y no perdía una oportunidad para manifestarlo. Porque tal sumisión al Romano Pontífice, lejos de ser humillante, es motivo de elevación y alegría para todo el género humano.

 

En cierta ocasión afirmó este insigne intelectual que así como todos los relojes de la Tierra necesitan regirse por la hora solar, de la misma manera los católicos deben orientarse por otro “sol”: la infalibilidad pontificia, en la que pueden depositar toda su confianza.

 

De hecho, la razón humana —penetrada por el pecado original— está sujeta a todo tipo de incertidumbres y errores, de los que nacen el caos y la discordia. Por ello, concluía Plinio Corrêa de Oliveira, el Papa, infalible en virtud de la asistencia del Espíritu Santo y con el poder de jurisdicción in universo orbe, es el punto de referencia indispensable para guiar a la razón humana en función de la Fe.

 

Así, la infalibilidad pontificia y el primado de jurisdicción del Pontífice, necesariamente unidos, deben ser para cualquier católico objeto de un amor preferencial.

 

“En la gloriosa cadena —decía Plinio Corrêa de Oliveira— constituida por la Santísima Trinidad, la Virgen María y el Papado, éste último viene a ser el eslabón menos vigoroso: porque es más terrenal, más humano y, en cierto sentido, se encuentra envuelto por aspectos que le pueden menoscabar. Es costumbre decir que el valor de una cadena se mide exactamente por su eslabón más frágil. Así, el modo más excelente de que amemos esa extraordinaria cadena es besar su eslabón menos vigoroso: el Papado. Es dedicarle a la Cátedra de Pedro, sobre la que se desvanecen tantas fidelidades, nuestra entera fidelidad”.23 A esta misma actitud de espíritu todos estamos invitados por la gracia.

 


 

(P. Eduardo Caballero Baza, EPRevista Heraldos del Evangelio, Feb/2011, n. 110, pag. 18 a 25)

 

1 Curiosamente las manifestaciones contra el primado de jurisdicción universal del Romano Pontífice son mucho más vehementes que contra la infalibilidad pontificia. Ambos son dogmas de Fe definidos solemnemente en el Concilio Vaticano I (cf. Dz 3050-3075).

2 Cf. QUASTEN, J. Patrología Hasta el Concilio de Nicea. Madrid: BAC, 1961, v. I, p. 55.

3 Cf. ORLANDIS, J. El Pontificado Romano en la Historia . Madrid: Palabra, 1996, p. 36; BEATRICE, P. F., Clemente Romano (Lettere di). In: Nuovo Dizionario Patristico e di Antichità Cristiane . Genova- Milano: Marietti, 2008, pp. 1073-1077.

4 San Ireneo refiere que San Juan permaneció en la Iglesia de Éfeso hasta el reinado del emperador Trajano (98-117). (Cf. Adversus hæreses , III, 3, 4).

5 Cf. SAN IGNACIO DE ANTIOQUÍA. Epístola a los Romanos, III, 1; IV, 3; IX, 1. In: D. RUIZ BUENO. Padres Apostólicos . Madrid: BAC, 1950, pp. 476-477.480.

6 Cf. SAN IRENEO DE LYON, op. cit., III, 3, 2-3.

7 Eusebio de Cesarea describe esa polémica. Cf. EUSEBIO DE CESAREA. Historia eclesiástica, l.5, 23-25. In: Eusebius — The Church History. A new translation with commentary by Paul L. Mayer. Grand Rapids (MI): Kregel, 1999, pp. 197-200.

8 TERTULIANO. De pudicitia , 21. In: QUASTEN, J., op. cit., p. 631.

9 Ídem, ibídem.

10 Cf. SESBOÜE, B. – THEOBALD, C. Historia de los dogmas La Palabra de la Salvación . Salamanca: Secretariado Trinitario, 1997, v. IV, p. 59.

11 También llamada Tomus ad Flavianum , en que exponía con inspirada claridad la doctrina católica sobre las dos naturalezas, divina y humana, de Cristo (cf. TREVIJANO, R. Patrología . Madrid: BAC, 2004, p. 314).

12 Cf. CONCILIUM CHALCEDONENSE, Actio II(III), n. 23.

13 Cf. DE VRIES, W. Orient et Occident . París: Les editions du Cerf, 1974.

14 Cf. Dz 3064.

15 “La Primera Sede por nadie puede ser juzgada” (CDC, c. 1404).

16 Cf. Dz 3059.

17 Cf. Dz 3062; CONCÍLIO VATICANO II. Lumen gentium , n. 22.

18 Cf. Dz 3063.

19 Cf. Dz 3073-3075.

20 CONCÍLIO VATICANO II. Lumen gentium , n. 25.

21 Cf. BENEDIKT XVI – SEEWALD, Peter . Licht der Welt. Der Papst, die Kirche und die Zeichen der Zeit . Freiburg-Basel-Wien: Herder, 2010, p. 166.

22 Las ideas del Prof. Corrêa de Oliveira aquí expuestas han sido extraídas de exposiciones y conferencias inéditas, pronunciadas en los años 80 y 90.

23 CORRÊA DE OLIVEIRA, Plinio. “ Non praevalebunt ”. In: Dr. Plinio . São Paulo. n. 47 (Feb., 2002); p. 2.

24 Cf. J. DRESKEN-WEILAND. Cattedra. In: BERARDINO A. Di (ed.). Nuovo Dizionario Patriótico e di Antichità Cristiane . Genova-Milano: Marietti, 2008, p. 965-969; SAXER, V. – HEID, S. Martirolo gio. In: BERNARDINO, op cit., pp. 3098-3101.

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